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Cuando la gente de mar resulta perjudicada por su empleador

Abogado de accidentes de la Ley Miami Jones

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La Ley Jones brinda protección a los marineros empleados al servicio de un buque. Los marineros de la Ley Jones se definen como "un individuo (excepto el personal científico, un instructor de una escuela de vela o un estudiante de una escuela de vela) que se dedica o emplea en cualquier capacidad a bordo de una embarcación". (46 USC Sección 10101(3)).

Para determinar si un individuo califica como marinero según la Ley, los tribunales examinan si el trabajo del individuo contribuye a una función del barco o al logro de los objetivos o misiones del barco. Los tribunales también consideran la duración y la naturaleza de la conexión del individuo con el buque.

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¿Herido en el mar? Conozca sus derechos

Si resultó herido mientras prestaba servicio en un barco debido a la negligencia de su empleador, debe hablar hoy con un abogado con experiencia en accidentes marineros de la Ley Miami Jones.

Lesiones causadas por exceso de trabajo.

Según la Ley Jones, el El propietario del barco o la línea de cruceros debe proporcionar al marinero un lugar de trabajo razonablemente seguro., debe utilizar cuidados de rutina para mantener y mantener la embarcación en una condición razonablemente segura. El la ley requiere al marinero demostrar que la negligencia de su empleador tuvo algún papel, aunque sea pequeño, en las lesiones del marinero. Esta carga de prueba de causalidad es considerablemente menor que la de un caso de negligencia promedio.

Para tener éxito en un reclamo de la Ley Jones, el marinero lesionado debe demostrar que el propietario o la tripulación de la embarcación para la que trabajaba el marinero fue negligente y que esta negligencia fue la causa de la lesión del marinero. Según las leyes estatales y federales, los marineros no tienen derecho a recibir compensación laboral por lesiones relacionadas con el trabajo. Muchas veces, estas lesiones son el resultado directo del exceso de trabajo.

Por ejemplo, los miembros de la tripulación de un crucero trabajan muchas horas y realizan tareas que pueden resultar físicamente agotadoras y exigentes. Dependiendo de qué tan duro espera una línea de cruceros que trabajen sus empleados, un marinero que resulta lesionado por exceso de trabajo puede tener un argumento exitoso para alegar negligencia según la Ley Jones. Dado que la causalidad es más fácil de probar en un caso de la Ley Jones, cualquier evidencia que demuestre que el exceso de trabajo provocó las lesiones del marinero sería suficiente para probar la causalidad.   

Accidentes causados por negligencia del empleador

La negligencia del empleador es bastante amplia según la Ley Jones y puede incluir una serie de factores, incluidos accidentes causados por la negligencia del empleador. La Ley también permite a los marineros demandar al propietario del barco o a la línea de cruceros por falta de navegabilidad o por una condición peligrosa o defectuosa del barco que causa lesiones.

Incluso si la falta de proporcionar un ambiente de trabajo seguro jugó un pequeño papel en cómo y por qué el marinero resultó herido, él o ella aún puede tener un reclamo exitoso por daños y perjuicios. Básicamente, el marinero lesionado sólo necesita demostrar que existió una condición negligente que influyó en su lesión.

¿Estás cubierto? Llámanos para saber si tienes un caso

La Ley Jones es una ley más favorable a los empleados, lo que significa que impone al empleador la carga de garantizar que la embarcación sea razonablemente segura. Algunas de estas condiciones inseguras pueden incluir:

  • Equipos rotos, herramientas defectuosas, equipos que no reciben el mantenimiento adecuado,
  • Peligros de tropiezo, obstrucciones en cubierta,
  • Grasa o aceite en la cubierta del barco,
  • Tripulación insuficiente o mal entrenada,
  • Exigir que los marineros trabajen horas excesivas,
  • No proporcionar a los miembros de la tripulación el equipo adecuado para realizar su trabajo,
  • Entornos de trabajo inseguros o métodos de trabajo inseguros,
  • Actuaciones negligentes o delictivas de los compañeros de trabajo del marinero,
  • No proporcionar tratamiento médico oportuno o suficiente.
 

Si usted o un ser querido resultó herido en un crucero, yate, buque de carga o sufrió una lesión en el mar, comuníquese con un abogado con experiencia en lesiones personales marítimas de Delgado Trial Attorneys. La compensación según la Ley Jones incluye: salarios perdidos, pérdida de capacidad de generar ingresos, gastos médicos, dolor y sufrimiento físico y/o psicológico y discapacidad física.

Luchando por los heridos desde 1977

El bufete de abogados de lesiones marítimas de Abogados litigantes de Delgado  poseen un conjunto de habilidades que pocos otros abogados marítimos pueden reclamar. Específicamente, su diversa experiencia profesional que incluye Raúl G. Delgado II Amplia experiencia defendiendo a compañías de seguros y a las principales líneas de cruceros y preparando sus estrategias judiciales durante años antes de comenzar a representar a víctimas de accidentes en Florida y a pasajeros y tripulantes de cruceros lesionados por negligencia. Junto con Raúl G. Delgado Con 44 años de experiencia en lesiones personales luchando en nombre de víctimas de accidentes lesionados en toda Florida, Delgado Trial Attorneys ofrece una combinación de experiencia en todo tipo de lesiones personales en cruceros a diferencia de cualquiera de sus competidores.

Esta experiencia diversa permite a nuestros abogados elaborar estrategias y defender eficazmente a cada cliente que representamos. Hemos manejado todo tipo de accidentes de tripulantes de cruceros a lo largo de los años con un enfoque en resbalones, tropezones y caídas, negligencia médica, Accidentes de FlowRider, agresiones sexuales, Muerte en alta mar, y más. Contacto nuestra firma de abogados hoy para una evaluación gratuita de su caso. Inscripciones virtuales disponibles.

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